electoral. Su participación como Autoridad de Mesa es vital para garantizar que los comicios se desarrollen de manera correcta, transparente y confiable, contribuyendo de este modo a mantener la legitimidad que caracteriza a los procesos electorales nacionales. Las tareas a su cargo son de gran responsabilidad, ya que van desde la apertura de las mesas de votación, pasando por el control de lo que ocurre en esas mesas durante todo el día de la elección, hasta la realización del escrutinio al término de la jornada electoral.Como es sabido, en la Provincia de Santa Fe desde el año 2004 se inaugura un nuevo sistema de elección de candidatos: el Sistema de Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (Ley 12.367/2004) y de “un solo voto por ciudadano”, que viene a suplantar a la derogada “Ley Lemas”, vigente desde 1990.
A nivel nacional, la ley que prevé la realización de las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) es la Ley Nº 26.571, sancionada en 2009 e instrumentada por primera vez en las elecciones nacionales de octubre de 2011.
En Santa Fe, este Sistema se complementa a su vez con la implementación de la Boleta Única (Ley 13.156/2011 – Decreto Reglamentario 86/2011), que determina que toda la oferta electoral es presentada a los electores en una única boleta por categoría a elegir. La misma fue estrenada en 2011 dotando al proceso electoral santafesino de mayores niveles de transparencia y equidad, y garantizando a los ciudadanos una más amplia autonomía en la elección de sus representantes.
La Provincia, en virtud de las potestades otorgadas por la Constitución Provincial y decretos y leyes provinciales tiene la atribución de fijar -además de su sistema electoral-, el calendario electoral, en este caso, en las elecciones de sus autoridades provinciales y municipales, según el artículo 72° inciso 15 de la Constitución Provincial y las Leyes Provinciales Nros. 2.439, 2.756 y modificatorias (Leyes 12.367, 13.156 y la Ley Nº 13.333 con las enmiendas propuestas por Decreto Nº 4.132/12).
En base a esas atribuciones el Poder Ejecutivo Provincial, mediante los Decretos Nº 0600 (de convocatoria a comicios) y Nº 1352 (que modifica el artículo 2 del Decreto N° 600/13 en cuanto convoca al electorado de la localidad de San José del Rincón, Departamento La Capital, para la elección del Intendente Municipal, recientemente declarada Ciudad mediante Ley Nº 13.341), dispuso la realizaciónde los comicios provinciales de manera simultánea con las elecciones nacionales (Ley Nacional Nº 15.262 de Simultaneidad y su decreto reglamentario 17.265/59). En consecuencia, este año, las elecciones nacionales y provinciales tienen la peculiaridad de celebrarse en una misma fecha y bajo las mismas autoridades comiciales.
En virtud de la decisión del Gobierno Provincial de convocar a elecciones simultáneas con las nacionales, fue necesario celebrar un Convenio de Cooperación entre la Excma. Cámara Nacional Electoral, el Juzgado Federal con competencia electoral de la Provincia de Santa Fe, el Tribunal Electoral Provincial y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que tiene por objeto establecer normas y condiciones e instrumentar las acciones a cargo de las partes, en los períodos previos y durante el desarrollo de los comicios provinciales.
El 11 de agosto se realizarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para
elegir a los precandidatos de los distintos partidos y alianzas electorales que luego, el 27 de octubre, competirán en las Elecciones Generales en las cuales los santafesinos elegiremos nueve
Diputados Nacionales que nos representarán en el Congreso de la Nación, así como también Concejales, Miembros Comunales y Contralores de Cuenta a nivel municipal. Sólo ocho localidades de la provincia elegirán Intendente Lo novedoso de estas elecciones 2013, es que en ambos procesos –elecciones primarias y generales- convivirán dos instrumentos de votación diferentes: la boleta partidaria para los cargos nacionales y la boleta única para los cargos municipales. Además, aunque se votará con un único padrón, los jóvenes que cumplan 16 años al 27 de octubre podrán por primera vez votar para las elecciones nacionales, pero no para los cargos locales. Otra innovación que se incorpora este año es que como constancia de la emisión del voto ya no se sellará el DNI: será reemplazado por la entrega al votante de un troquel impreso con sus datos y la firma del Presidente de Mesa.
Por estos motivos, la buena disposición y la adecuada capacitación de las Autoridades de Mesa resulta hoy especialmente un elemento clave para garantizar el correcto desarrollo de las elecciones. Siguiendo tal fin, este manual ofrece toda la información relevante y necesaria para que usted pueda desempeñar adecuadamente sus funciones, teniendo en cuenta la normativa vigente y los cambios que constituyen una novedad y al mismo tiempo un desafío institucional en los comicios 2013.
Por ello le recomendamos que los designados estudien este material antes de la jornada electoral, y que lo conserve para consultarlo durante la misma.